sociedad, de una forma democrática, ha establecido y que constituyen la base del modelo educativo. En el proceso educativo, no debieran darse interferencias que distorsionen los objetivos educativos que sean enunciados en el referido modelo. Todos los que inter- vengan deben actuar como una unidad. La Educación está regulada en la Carta Magna 1 , cuyo Capítulo Segundo del Título I se refiere a los derechos y libertades, y, en su artículo 27.5, dice: 5.Los poderes públicos garantizan el dere- cho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes (Constitución Española, 1978). De este mandato dimana una serie de objetivos, normas y procedimientos que ha servido y ha de servir en el futuro para con- formar las leyes que regulan el Sistema Educativo en todo el ámbito de aplicación 2 . En estas leyes y normas, se establecen tan- to los diferentes niveles educativos y el currículo escolar, como el límite de edad escolar obligatoria, los 16 años. Dentro de este currículo se halla la asignatura de Edu- cación Física 3 . La presencia de la Educación Física dentro del currículo escolar viene auspi- ciada por el apartado de la Constitución Española que obliga a los poderes públi- cos a fomentar la educación física y el deporte: 3.Los poderes públicos fomentarán la edu- cación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio (Constitución Españo- la 4 ). La Constitución, en este apartado, habla de la educación física y el deporte en un contexto general. En su desarrollo, a tra- vés de la Ley Orgánica 10/2002, Ley de Calidad de la Enseñanza, se confiere a la educación física y al deporte unas señas de identidad propias, que permiten hablar ya de deporte escolar. En el preámbulo de la asignatura de Educación Física 5 , la administración educa- tiva justifica la presencia de la educación física y el deporte en el currículo escolar de la forma siguiente: Al hombre del siglo XXI le resulta impres- cindible la ejercitación del cuerpo si no quiere ver atrofiadas prematuramente muchas de sus funciones y capacidades corporales. Es a través del cuerpo y el movimiento como la persona se relaciona con el entorno. Por otra parte, la escasa actividad corporal desplegada en el actual sistema de vida (desplazamientos en vehículos, sustitución de los trabajos realizados directamente por el hombre por trabajos de máquinas apro- piadas, viviendas con espacios muy reduci- dos, reducción progresiva del tiempo de trabajo, etc.) conduce a que cada vez se dé mayor importancia a las actividades físicas como medio de equilibrio psicofísico y de mantenimiento de ocupación del tiempo libre. El deporte, considerado como una parte específica de las conductas matrices, tiene el valor social de ser la forma más habitual de entender y practicar la actividad física en nuestro contexto social y cultural. En gene- ral, la valoración social de la práctica deportiva corresponde a planteamientos competitivos, selectivos y restringidos a una sola especialidad, que no siempre son compatibles con las intenciones educativas del currículo escolar. El deporte en el área 46 (1)Constitución Española, aprobada por las Cortes el 31 de Octubre de 1978. (2)Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre; Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, Ley de Calidad de la Enseñanza. (3)Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, Ley de Calidad de la Enseñanza. (4)Constitución Española, artículo 43. punto 3. (5)Real Decreto 831/2003, de 27 de junio, por el que se establece la ordenación general y las enseñanzas de la Educación Obligatoria.